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Asociación de Propietarios
de Inmuebles de Panamá


API

Fundada en 1932
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¿Por qué ser miembro de API? PDF Imprimir Correo electrónico
Miércoles 23 de Septiembre de 2009 14:38

CONTÁCTENOS
Presidente:                            Norma Thrush
Sec. Administrativa:              Lurvin Sierra
Sec. Contabilidad:                 Ana de Ferro
Teléfono:                             225-3061
Fax:                                       225-8733
E-mail:                                 Esta dirección electrónica esta protegida contra spambots. Es necesario activar Javascript para visualizarla Esta dirección electrónica esta protegida contra spambots. Es necesario activar Javascript para visualizarla

BENEFICIOS:   
API puede lograr cambios positivos en el engranaje administrativo y gubernamental para procurar beneficios a los socios.
Le ofrecemos a nuestros socios consultoría legal y administrativa gratis. 
Constante vigilancia de legislación que afecta los intereses de nuestros socios.
Foros y seminarios para actualizar los conocimientos en el área inmobiliaria que afectan a nuestros miembros.

API tiene representantes en:      

  • Junta Directiva del IDAAN
  • Comisión de Valorización del MOP
  • Junta de Conciliación y Decisión del MITRADEL
  • Consejo Nacional de la Empresa Privada (CoNEP) 

API  provee a nuestros socios un HISTORIAL DE ARRENDATARIOS del comportamiento en el pago del canon de los arrendatarios.

Grandes beneficios de la PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL.  Edificios con elevadores la cuota es B/. 12.75 y edificios sin elevadores la cuota es B/. 6.75 trimestralmente.  La cobertura incluye:

  • GASTOS MÉDICOS: B/. 1,000.00 por persona y B/. 10,000.00 por acontecimiento.
  • RESPONSABILIDAD CIVIL:         B/.50,000.00
  • COBERTURA:          Se incluye a los empleados eventuales al servicio del asegurado, durante las horas laborales y a consecuencia del riesgo cubierto.  Se incluye a los propietarios y arrendatarios como terceras personas siempre y cuando el accidente ocurra dentro de las áreas comunes.   Se cubre los daños ocasionados a los apartamentos por rotura de tubería y otros daños por las cuales el propietario sea legalmente responsable ante el inquilino.

MEMBRESÍA: 
Podrá ser socio toda persona natural o jurídica: que posea bienes inmuebles; administradores de propiedades de alquiler y condominios; corredores de bienes raíces; compañías constructoras  y contratistas; fábricas y almacenes de ventas de materiales de construcciones; empresas desarrollistas de urbanizaciones; entidades bancarias; asociaciones de ahorros y préstamos para la vivienda; compañías de seguros; abogados de la rama de arrendamiento y propiedad horizontal.


Para ser admitido como socio es necesario que el interesado formule una petición escrita al Presidente de API.  La oficina de API le facilita un formulario correspondiente.  El costo de la membresía es: COSTO DE INSCRIPCIÓN: B/.100.00; CUOTA MENSUAL: B/. 20.00 POR INMUEBLE.

Última actualización el Martes 13 de Abril de 2010 12:09
 
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